Mediante Resolución de 31 de Enero de 2024,de la Dirección General de la Policía, por la que se regulan los distintivos de Función y permanencia del personal de la Policía Nacional en el Área de Actividad de Extranjería y Fronteras, se aprueban:
- El distintivo de Función, al objeto de distinguir la función llevada a cabo por el personal destinado en Extranjería y Fronteras. Dicho distintivo quedará reservado al personal de Extranjería y Fronteras durante el tiempo en que presten servicio. El derecho a usar el distintivo de función no precisará de autorización previa.
- El distintivo de Permanencia, lo podrán portar aquellos que hayan estado destinados o prestando servicio en Extranjería y Fronteras durante tres años consecutivos.
Dicho distintivo no se podrá ostentar simultáneamente con el de función.
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